El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado íntegramente el recurso presentado contra la modificación del PGOU de Alcalá de Guadaíra que regula la implantación de instalaciones de generación de energía solar.
La sentencia, dictada el 11 de septiembre de 2026, respalda la actuación municipal y considera que el Ayuntamiento tiene capacidad para ordenar los usos del suelo y establecer las condiciones para la ubicación de estas instalaciones. El tribunal destaca que la modificación se basa en criterios técnicos, ambientales y paisajísticos y que se ha tramitado con la debida motivación y transparencia.
El TSJA señala además que la regulación no impide el desarrollo de la energía fotovoltaica, sino que ordena su emplazamiento. En este sentido, destaca que el 52,07% del suelo no urbanizable continúa disponible para este tipo de instalaciones y que no se ha acreditado que esta superficie sea insuficiente para garantizar una producción significativa de electricidad.
La sentencia también avala la protección de espacios y valores paisajísticos del municipio, como la vega del Guadaíra, el entorno del Monumento Natural y el escarpe de Los Alcores.
El Ayuntamiento considera que la resolución respalda su apuesta por un modelo de desarrollo de las energías renovables compatible con la protección del territorio, el paisaje y el modelo urbano de Alcalá de Guadaíra.

































